
El accionista tipo del Deportivo es, sobre todo, futbolero. No tiene por qué saber no conocer el funcionamiento de una sociedad anónima ni el proceso de elección de su consejo de administración. El Real Club Deportivo ha difundido una guía para entenderlo. Y podría darse el caso de que si en la votación de los consejeros saliese el “NO” la renovación de la directiva del Deportivo se demorase y no fuese efectiva el próximo día 28 en el Palexco coruñés. En todo caso ni parece lo probable ni debería ocurrir en un club serio y con alternativas al actual Consejo.
La hoja de delegación de acciones que ha remitido el Deportivo a sus accionistas debe ser la que se emplee en la delegación. No es posible usar fotocopias o impresiones de imágenes sino que debe tener la correspondiente marca de agua como señal de garantía. El impreso ofrece la opción de delegar en Tino Fernández como presidente del Consejo de Administración actual, “quien podrá votar en el sentido que estime más conveniente en cada uno de los puntos del orden del día”, o en la persona que se quiera designar a esos efectos. Es importante tener en cuenta que todos aquellos que deleguen por correo anulan esa delegación si se presentan en la Junta.
¿Hasta cuándo se pueden entregar las delegaciones de acciones?
En la Oficina de Atención al Deportivista (Avenida de la Habana, s/n) antes del próximo viernes a las siete de la tarde. También por correo ordinario a través del sobre con franqueo pagado que ha enviado el club a todos los accionistas y que debería evitarse con antelación suficiente para que llegue a su destino, el Apartado F. D. nº 3 de A Coruña.
¿Qué es preciso para que se elijan todos los consejeros de una “candidatura”?
Las “candidaturas” como tales no existen en derecho de sociedades, siendo un concepto propio de votaciones que se efectúan en otros ámbitos.
En consecuencia, se realizará una votación individual y de forma separada referente a cada una de las personas que individual o colectivamente se postulen a candidatos a consejeros del Real Club Deportivo.
¿Es posible que no se elija a todos los consejeros de una “candidatura”?
Sí, dado que se elegirá individualmente a los candidatos a consejeros más votados hasta completar el número de miembros aprobado (se determinará en la propia Junta) para conformar el nuevo consejo de administración. Los accionistas pueden votar a los consejeros que deseen siempre aunque vayan en distintas “candidaturas”. De hecho también podrían presentarse candidatos a consejeros de manera aislada o independiente, debiendo someterse todos ellos a votación.
¿Qué tipo de mayoría es precisa para la aprobación de los acuerdos de la Junta General del día 28?
Mayoría simple de votos presentes o representados en la Junta.
¿Qué sucede si un candidato obtiene más votos “NO” que “SI”?
No será elegido consejero, pues la mayoría de los accionistas ha votado en contra, prevaleciendo el principio mayoritario.
¿Qué sucede si un candidato obtiene más votos “SI” que “NO”?
Puede ser elegido consejero. Serán elegidos consejeros aquellos que habiendo obtenido más votos SI que NO, obtengan el mayor número de votos SI hasta completar el número de consejeros que haya decidido la Junta (entre 3 y 8 Consejeros).
¿Qué sucede si todos los candidatos reciben más votos “NO” que “SI”?
No será posible renovar, en este momento, el Consejo de Administración.
¿Qué sucede si un accionista válidamente registrado en la Junta General no vota con su tarjeta de asistencia?
Se considerará como abstención.
¿Quién nombra a los nuevos presidente y secretario del Consejo de Administración?
Es el nuevo Consejo de Administración quien distribuye sus propios cargos internos y no la Junta General. Estos nombramientos se realizarán mediante un acuerdo interno del nuevo órgano de gobierno que decidirá, por mayoría absoluta, quien ostentará esos cargos.
¿Qué se va votar el día 28?
1.- Dimisión voluntaria del actual órgano de gobierno y toma de razón de la misma por la Sociedad
- POSIBILIDADES DE VOTO: SÍ, NO, ABSTENCIÓN. La votación servirá para que la sociedad determine la dimisión o no del actual órgano de gobierno condicionada a la elección de un nuevo consejo de administración en la misma Junta.
2.- Fijación del número de miembros del Consejo de Administración dentro de los límites estatutariamente establecidos
- POSIBILIDADES DE VOTO: 3, 4, 5, 6, 7 ó 8. Cabría también la ABSTENCIÓN.
Tercero.- Nombramiento de Consejeros de forma individualizada
- POSIBILIDADES DE VOTO: SÍ, NO, ABSTENCIÓN. Se votarán individualmente y de forma separada todos los candidatos a consejeros.
Cuarto.- Delegación de facultades
- POSIBILIDADES DE VOTO: SÍ, NO, ABSTENCIÓN. Se somete a votación este punto de carácter técnico, a los efectos de delegar solidariamente en los consejeros facultades bastantes para suscribir los documentos públicos e inscribir en el Registro Mercantil los acuerdos adoptados.
El capital social del Real Club Deportivo de La Coruña, S.A.D. inscrito en el Registro Mercantil, a la fecha de la presente Junta es de 10.292.425,50 euros representado por un total de 171.255 acciones. En caso de utilización del sistema de representación proporcional resultan los siguientes cálculos para tener derecho a designar un consejero:
- Sería preciso agrupar, al menos, veintiuna mil cuatrocientas siete (21.407) acciones si se determina en 8 el número de miembros del Consejo de Administración.
- Sería preciso agrupar, al menos, veintiocho mil quinientas cuarenta y tres (28.543) acciones si se determina en 6 el número de miembros del Consejo de Administración.
- Sería preciso agrupar, al menos, cincuenta y siete mil ochenta y cinco (57.085) acciones si se determina en 3 el número de miembros del Consejo de Administración.
